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Comunicación

Por el derecho a saber. Una carta abierta de la Coalición ProAcceso ante las próximas elecciones generales

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La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno (LTAIBG) ha sido criticada desde el mismo momento de su aprobación debido a su baja calidad con respecto a lo establecido en los estándares internacionales. Así mismo, desde el comienzo de su proceso de implementación, nuevas carencias han salido a la luz, evidenciando que esta es una ley a todas horas insuficiente para poder garantizar lo que el Consejo General del Poder Judicial ha reconocido como un derecho fundamental.

Sin embargo, a día de hoy, los compromisos y las propuestas de mejora por parte de los principales actores políticos de este país, brillan por su ausencia.
Ante un clima social como el actual, donde los continuos casos de corrupción y la aún patente opacidad de las instituciones han ido sedimentando un preocupante desapego ciudadano ante la labor política e institucional, consideramos esencial y urgente emprender el camino hacia una clara y definitiva mejora de la ley de transparencia.

Frente a este reto, hoy recordamos nuestro decálogo con los principios fundamentales que toda legislación en materia de acceso a la información es esencial que recoja:

1. El derecho de acceso a la información es un derecho fundamental de toda persona.

2. El derecho de acceso a la información se aplica a todas las entidades públicas, a todos los poderes del Estado y a todas aquellas entidades privadas que realicen funciones públicas.

3. El derecho de acceso a la información se aplica a toda la información elaborada, recibida o en posesión de las entidades públicas, sin importar cómo esté almacenada.

4. Realizar solicitudes debe ser sencillo, rápido y gratuito.

5. Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes.

6. Principio de publicidad de la información: el secreto y la denegación de la información son la excepción.

7. Las denegaciones de acceso a la información deben ser limitadas y estar debidamente motivadas.

8. Toda persona tiene el derecho a recurrir las denegaciones de acceso o la no contestación a las solicitudes realizadas.

9. Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a disposición del público información básica y esencial sin que sea necesario realizar una solicitud.

10. El derecho de acceso a la información debe ser garantizado por un órgano independiente.

La Coalición ProAcceso ve en las próximas elecciones un escenario propicio para que las principales fuerzas políticas incorporen en su agenda la transparencia y el derecho de acceso a la información como áreas de reforma prioritaria, incluyendo en sus discursos y futuros programas las mejoras para la LTAIBG defendidas en los 10 principios.

Así pues llamamos a los candidatos y sus partidos a velar por que se consolide el derecho a la información en España y a garantizar, tanto en materia legal como en la práctica, unas instituciones transparentes y abiertas para una ciudadanía informada.

Fdo.: La Coalición ProAcceso

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