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Comunicación

Designadas las primeras grandes plataformas según Ley de Servicios Digitales, ¿qué deberían esperar las personas consumidoras?

  • La Federación de Consumidores y Usuarios CECU considera que la nueva legislación marca parte del camino hacia un Internet más seguro 

Las personas usuarias de Amazon Store App Store, Booking, Facebook, Google Maps/Play/Search/Shopping, LinkedIn, Twitter o Youtube, deberían comenzar a notar cambios en las funciones de moderación, transparencia y seguridad del contenido dentro de cuatro meses. Ayer la Comisión Europea anunció cuáles son consideradas algunas de las grandes plataformas en línea que tendrán que cumplir obligaciones estrictas a partir del próximo mes de agosto. 

Ya el pasado mes informamos que las grandes plataformas en línea y de motores de búsqueda en línea habían empezado a publicar su número de usuarios en la UE, en cumplimiento de una de las primeras medidas previstas por la Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés). La Comisión Europea ha analizado ahora la información para designar a las plataformas en línea de muy gran tamaño y motores de búsqueda de muy gran tamaño (“VLOPs/VLOSEs”, por sus siglas en inglés, es decir, aquellas que cuenten con más de 45 millones de usuarios en la UE).  

Las 19 primeras designaciones anunciadas ayer por la UE son: 

  • AliExpress   
  • Amazon Store AppStore   
  • Bing  
  • Booking   
  • Facebook   
  • Google Maps   
  • Google Play   
  • Google Search  
  • Google Shopping  
  • Instagram   
  • LinkedIn   
  • Pinterest   
  • Snapchat   
  • TikTok   
  • Twitter   
  • Wikipedia   
  • YouTube   
  • Zalando 

Este listado no es cerrado, en tanto se ha informado que todavía están pendientes de confirmar si por lo menos 4 o 5 multinacionales más formarán parte de la lista. Ante este paso, desde CECU llamamos a la revisión de aquellas tecnológicas que manifestaron tener una cantidad de usuarios menor a la requerida para ser consideradas como VLOPs/VLOSEs, como Airbnb, Telegram, Skycanner, Waze, eBay, entre otras. 

Las empresas designadas como VLOPs/VLOSEs deberán cumplir con las nuevas obligaciones de la DSA en cuatro meses.  

Por lo tanto, ¿Qué podrán esperar las personas consumidoras a partir del 25 agosto? Desde CECU consideramos que la normativa será de especial importancia  por las siguientes cuestiones:  

  • Exigencias para abordar riesgos sistémicos. Estas empresas deberán evaluar los riesgos que presentan para la sociedad, como la probabilidad de que exista contenido ilegal (productos y servicios incluidos) o la desinformación, y elaborar planes de mitigación. Además, estarán sujetas a auditorías independientes de sus acciones contra la desinformación, la fakenews o el discurso de odio.  
  • Mayor diligencia y transparencia en la moderación de contenidos. Las personas consumidoras podrán participar en las decisiones de moderación de contenido que tomen las empresas e impugnarlas formalmente.  
  • Entre sus medidas más relevantes se requiere que estas empresas aumenten significativamente la transparencia y la rendición de cuentas, a través de, por ejemplo, la obligación de facilitar resúmenes concisos y de fácil lectura de sus condiciones generales para que todos sepamos lo que estamos aceptando. También deberán existir mayores datos públicos sobre los algoritmos utilizados para las recomendaciones y la publicidad dirigida 
  • Mayores protecciones para las personas consumidoras. Desde CECU consideramos positivo que la DSA prohíbe de manera efectiva los denominados patrones oscuros (aquellas prácticas manipuladoras que buscan aprovecharse de las vulnerabilidades de las personas consumidoras o engañarlas), la publicidad dirigida a menores basada en la elaboración de perfiles y la publicidad personalizada basada en la elaboración de perfiles utilizando categorías especiales de datos personales. Además, las plataformas deberán etiquetar todos los anuncios e informar sobre quién los pone.  

Sin embargo, debemos recordar que su aplicación efectiva dependerá de que tanto al Comisión Europea como los Coordinadores de Servicios Digitales de cada Estado Miembro efectúen un control exhaustivo del cumplimiento de las nuevas obligaciones y apliquen las consecuentes sanciones frente a incumplimientos. Además, es importante que se involucre activamente a la sociedad civil en el seguimiento y vigilancia de esta norma y que se tengan en cuenta sus advertencias. 

Es un gran avance que la DSA busque más transparencia en cuanto al funcionamiento de las grandes tecnológicas y cómo moderan contenidos, lo que hasta el momento sucedía sin rendición de cuentas, sin posibilidad de impugnación, sin informes y, por sobre todo, sin sistema de contrapesosSin embargo, esta norma aún no es suficiente para hacer frente al modelo dominante de vigilancia comercial, increíblemente dañino, de la mayoría de las grandes empresas tecnológicas.

Anabel Arias, experta en derechos digitales de CECU, recuerda que: “Desde CECU entendemos que la DSA es una pieza clave para lograr un Internet más seguro para las personas consumidoras. Que haya obligaciones de transparencia sobre cómo funcionan los algoritmos de recomendación de las grandes tecnológicas permitirá proteger mejor a las personas. Sin embargo, recordamos que las autoridades de supervisión tendrán un rol clave en lograr que todo esto se vea reflejado en la realidad”. 

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