Buscar

Comunicación

Los derechos del consumidor al conducir en el extranjero

Permiso de conducir para hacerlo en el extranjero.

Si te dispones a conducir un coche en el extranjero, conviene en primer lugar que sepas si tu permiso de conducir español va a ser válido en ese país[1]

Así, si vas a un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein), tu permiso de conducir español en vigor será válido  sin que tengas que realizar ningún trámite.

En cambio, si el país en el que pretendes conducir no está en la Unión Europea ni en el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein ) tendrás que llevar contigo el Permiso Internacional, junto con tu permiso español en vigor. La obtención del Permiso Internacional no requiere de ningún examen sino que se trata de un simple trámite administrativo pero que hay que realizar antes de iniciar el viaje[2].

Requisitos de tu vehículo para circular en el extranjero.

Si decides viajar con tu propio vehículo, y lo haces dentro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) no tendrás que realizar ninguna gestión, solamente y al igual que sucede si circulas en España, tendrás que tener pasada la ITV y circular con seguro. El seguro español cubrirá los daños que ocasiones a un tercero, ahora bien, no necesariamente va a cubrir los daños propios, por lo que es aconsejable leer la póliza y de considerarlo necesario, solicitar un suplemento a tu compañía para ampliar sus coberturas.

En el caso de que vayas a circular con tu vehículo fuera de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, debes informarte en el Consulado o en la Oficina de Turismo del país al que te dirijas sobre la obligación de disponer en ese territorio del Carnet de Passages o Carnet de Passages en Douane (CPD), que es el equivalente al pasaporte de un vehículo y es requisito indispensable para circular por algunos países. Además es importante informarse acerca de si es necesario llevar en el vehículo la Carta Verde o Certificado Internacional de Seguro de Responsabilidad Civil, que garantiza la cobertura de tu permiso y facilita el tránsito del vehículo en caso de accidente. La Carta Verde tela tiene que facilitar tu seguro.

Normas de tráfico extranjero. Las multas.

Como hemos visto en los apartados anteriores, si circulamos dentro de la UE y el Espacio Económico Europeo, todo es más fácil ya que las normativas de tráfico, señales y circulación son bastante parecidas, no obstante, encontramos diferencias significativas en aspectos como son la tasa máxima de alcohol permitida, los límites de velocidad o el importe de las sanciones aplicables, que pueden suponernos un disgusto y frustrar nuestras vacaciones. Respecto a las multas, España se ha integrado dentro de la iniciativa EUCARIS, «EUropean CAR and driving license Information System«, que permite intercambio de información entre las distintas autoridades competentes en materia de tráfico dentro de la UE que permite compartir datos sobre el registro de vehículos, las licencias de conducir y los datos personales que los acompañan. Así, a pesar de la creencia extendida en muchos casos de forma errónea, si cometes alguna infracción fuera de nuestras fronteras en países con los se tiene acuerdo, recibirás el boletín de denuncia en tu casa.

Por todo ello, aconsejamos ser cautos en la conducción en el extranjero y comprobar la normativa de los distintos Estados Miembros[3].

Si vas a conducir en un país fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo tendrás que tener una especial cautela ya que las normas pueden ser muy diferentes y el acceso a las mismas no es tan sencillo.

Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con movilidad reducida.

Las personas con una discapacidad que reduce su movilidad pueden obtener una Tarjeta Europea de Estacionamiento con validez en todos los países de la Unión Europea ya sean conductoras de un vehículo o pasajeras. La Tarjeta te da acceso a una serie de derechos de estacionamiento y de plazas de aparcamiento específicas del país en el que te encuentres permitiendo en algunos casos estacionar o parar en zonas reservadas a carga y descarga, beneficiarte de descuentos en los lugares en los que se ha de abonar una tarifa para el aparcamiento o acceder a zonas restringidas al tráfico. La Tarjeta se tiene que solicitar a la Administración local[4].

Distintivo ambiental para circular en el extranjero.

De unos años a esta parte, la legislación de la Unión Europea ha hecho que en España se haya impuesto la obligatoriedad de disponer de un distintivo ambiental en nuestro vehículo. Si nos dirigimos al extranjero, debemos saber que muchos países han impuesto también esa obligación pudiendo sancionar a aquél vehículo que no la porte. Por ese motivo resulta imprescindible consultar si es necesario obtener un distintivo en el país al que viajas, cómo hacerlo y  los criterios para poder circular.

La Dirección General de Tráfico dispone de unas tablas en las que se puede consultar la equivalencia entre las clasificaciones de los distintos países pudiendo así saber a qué distintivo corresponde el nuestro en otro país[5].

Alquiler de un vehículo en otro país de la Unión Europea.

Si en lugar de viajar al extranjero con tu propio vehículo, viajas por ejemplo en avión y decides en tu destino alquilar un vehículo para moverte por él, tienes que conocer los derechos que te asisten así como una serie de recomendaciones para evitar disgustos[6].

1 Derechos:

Como no podía ser de otra forma, te asisten una serie de derechos que debes conocer y que son principalmente:

  • Derecho a no ser discriminado: el precio y las condiciones deberán ser las mismas para todos los ciudadanos de la Unión Europea, independientemente de su nacionalidad o país de residencia.
  • Derecho a recibir información clara. El precio anunciado debe incluir todos los gastos obligatorios (las tasas, impuestos, gastos de gestión, seguro de daños a terceros, cargo por conductor joven, la tasa de repostaje, etc) y debe detallar el importe exacto que va a cobrar por servicios adicionales (GPS, silla para niños, etc). Si se quiere, se puede solicitar la emisión de un presupuesto sin compromiso con las condiciones principales de la contratación.
  • Derecho a recibir el contrato en un idioma que comprenda, ya sea el tuyo materno o, al menos, en inglés y obtener una copia del mismo.
  • En el caso de que reservemos un modelo de vehículo y en el momento de recogerlo nos informen que no está disponible, la empresa deberá entregarnos un vehículo de igual o superior categoría sin incremento en el precio. Si esta opción no fuera posible por no existir disponibles vehículos de mayor categoría, se entregará uno de categoría inferior reajustando el precio y devolviendo una parte de este. En este caso, si no te interesa esta opción, podrás resolver el contrato sin penalización ni gastos y reclamar los posibles daños y perjuicios sufridos.

¡OJO!, debes saber que no hay derecho de desistimiento. Así, a diferencia de la mayoría de las compras online, cuando se alquila un vehículo a distancia (por ejemplo, por internet) no se contempla el plazo de 14 días para anular el contrato. De esta forma, una vez reservado el vehículo no es posible la cancelación gratuita salvo que la empresa así lo contemple.

2. Consejos:

Además de conocer los derechos que te asisten, conviene que tengas en cuenta las siguientes cuestiones:

  • Mirar con tiempo. Generalmente las vacaciones se planifican con cierta antelación, que permite, si pensamos alquilar un coche en el extranjero visitar las páginas web de diferentes empresas, en las que poder leer los términos y condiciones de la contratación para saber a lo que nos obligamos con cada una por ejemplo respecto a los seguros por posibles daños que pueden limitarse, establecer franquicia, etc.
  • Confirmar donde se debe realizar la devolución del vehículo. Muchas veces nuestra idea es iniciar el recorrido en un punto y terminar en otro. Por ese motivo resulta fundamental averiguar si se puede hacer la devolución en otra oficina distinta a la de recogida y el coste que puede conllevar.
  • Verificar la política de combustible. Este suele ser uno de los principales motivos de reclamación y es que por ejemplo podemos recoger el vehículo con el depósito lleno y la compañía suele obligarnos a hacer la devolución del depósito igualmente lleno, aplicando sino una penalización. Resulta fundamental consultar bien este dato y actuar en consecuencia.
  • Revisar el vehículo antes de sacarlo de la oficina, recogiendo por escrito posibles desperfectos o incluso tomando fotografías de los mismos.
  • Contactar inmediatamente con la compañía para que indique como proceder, en el desafortunado supuesto de sufrir un accidente, una avería o un robo.
  • Devolver el vehículo con tiempo y cuando la oficina esté abierta. Así, se podrá revisar el coche con un trabajador de la compañía y se le podrá solicitar el justificante de haber realizado la devolución en buen estado y en la hora y oficina correctas. En caso contrario, te arriesgas a asumir los daños sufridos por el vehículo desde que se devuelve hasta que se revisa (imaginémonos que dejamos el vehículo por la noche en la oficina cerrada y sufre un robo o vandalismo). En este caso, también resulta conveniente hacer fotografías tanto del interior como del exterior del vehículo que podrían servir para demostrar las condiciones en que se entregó el coche.
  • En el caso del alquiler de vehículos en un país fuera de la Unión Europea, la normativa de protección será diferente, por lo que conviene revisarlo anticipadamente y de forma más cuidadosa, sabiendo bien los términos de la contratación a los que te vas a someter.
  • Para terminar, en el caso de que surja algún problema con la compañía, desde CECU quedamos a tu disposición con el fin de realizar la reclamación oportuna. Asimismo, debes conocer la existencia del Centro Europeo del Consumidor[7] que tiene oficinas en todos los Estados Miembros de la Unión Europea y asesora y tramita estas reclamaciones transfronterizas.

 


[1] Para una información más detallada de este y los siguientes apartados se aconseja visitar la página web de la DGT, órgano competente, en el siguiente enlace: DGT – Conduce en el extranjero

[2] Para obtener el Permiso Internacional acceda a Permiso internacional (dgt.gob.es)

[3]  Going abroad – European Commission (europa.eu)

[4] Para una mayor información sobre este tema visitar: Tarjeta Europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida – Vehículos – Ciudadanos – Tus derechos y obligaciones en la UE – Tu espacio europeo – Punto de Acceso General (administracion.gob.es)

[5] DGT – Conduce en el extranjero

[6] Si la contratación se hecho a través de una plataforma intermediaria (por ejemplo, un comparador de precios), los derechos son igualmente aplicables.

[7] Centro Europeo del Consumidor en España – Ministerio de Consumo

También te puede interesar