Tras más de una década de negociaciones, las instituciones europeas han alcanzado un acuerdo para actualizar y reforzar los derechos de las personas pasajeras en el transporte aéreo.
Las instituciones europeas han alcanzado un acuerdo político para reformar la normativa sobre derechos de las personas pasajeras en el transporte aéreo (Reglamento (CE) 261/2004), una revisión que permanecía bloqueada desde que la Comisión Europea presentó su propuesta inicial en 2013.
El acuerdo consolida derechos fundamentales para quienes viajan en avión e incorpora nuevas medidas para aumentar la transparencia y limitar prácticas abusivas por parte de las aerolíneas, culminando más de una década de trabajo e incidencia de las organizaciones de consumidores para mantener derechos clave y avanzar en una mayor protección de las personas pasajeras.
Uno de los resultados más relevantes es que se mantienen los derechos de compensación para vuelos con retrasos significativos. Finalmente se ha descartado la propuesta del Consejo que planteaba elevar el umbral mínimo de retraso necesario para acceder a una indemnización y reducir las cuantías, cambios que, según alertaron organizaciones de consumidores —entre ellas la Federación de Consumidores y Usuarios CECU—, podrían haber dejado sin compensación a más del 60% de las personas pasajeras que actualmente tienen derecho a reclamar. Además, las aerolíneas estarán obligadas ahora a informar con mayor claridad sobre estos derechos en caso de incidencias, una medida especialmente relevante si se tiene en cuenta que actualmente solo el 38% de quienes podrían reclamar una compensación llegan a hacerlo.
El acuerdo también aclara qué situaciones pueden considerarse realmente circunstancias extraordinarias —aquellas en las que las compañías pueden quedar exentas de compensar— y mantiene este criterio alineado con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esto aporta mayor seguridad jurídica tanto a las personas pasajeras como a las aerolíneas y reduce el margen para que se denieguen compensaciones por motivos injustificados.
Además, entre las mejoras acordadas destacan:
- La prohibición de las cláusulas de “no presentación” (no-show), que impedían utilizar el vuelo de regreso cuando no se había tomado el primer tramo de un itinerario con escalas o conexiones.
- El derecho a sentarse junto a hijos e hijas menores de edad sin costes adicionales.
- El fin del cobro por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto.
- Más transparencia sobre el precio del equipaje de mano, que deberá mostrarse desde el inicio del proceso de compra para facilitar la comparación entre ofertas y evitar cargos sorpresa, aunque finalmente no se haya reconocido su gratuidad.
César Díaz, abogado de la Federación de Consumidores y Usuarios CECU: «Desde CECU celebramos el acuerdo alcanzado en Europa sobre los derechos de los pasajeros aéreos, una reforma que llevaba más de una década bloqueada desde que se planteó por primera vez en 2013. Después de años de negociación, se incorporan mejoras importantes frente a prácticas abusivas que venían sufriendo las personas que viajaban en avión. Estos avances son el resultado de años de trabajo de las organizaciones de consumidores europeas”.
“A partir de ahora, será necesario vigilar el cumplimiento efectivo de la normativa, garantizar que las personas consumidoras conocen y pueden ejercer sus derechos y asegurar que las autoridades competentes actúan y sancionan cuando se produzcan incumplimientos por parte de las aerolíneas”, apunta Díaz.
Más información:
- Nota de prensa de BEUC: EU lawmakers agree to improve air passenger rights: clearer skies ahead
- Nota de prensa del Parlamento Europeo: Deal on air passenger rights: MEPs secure improved traveller protection




