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Comunicación

Resumen del caso

A raíz de sendas querellas de la Fiscalía Anticorrupción por presuntos delitos de estafa, falsedad documental, blanqueo de capitales, insolvencia punible, administración desleal y fraude contra la Hacienda Pública las entidades Fórum Filatélico y Afinsa fueron intervenidas el nueve de mayo por los Juzgados Centrales de Instrucción número 1 y 5 de la Audiencia Nacional. Asimismo , los Juzgados que han venido instruyendo estas causas acordaron tras esta intervención dejar sin efecto cautelarmente las obligaciones de pago de los afectados en virtud de los contratos que habían suscrito.

Dos días después de la intervención, tuvo lugar la primera reunión del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), máximo órgano de representación de los consumidores y del que CECU forma parte, llegando a unas conclusiones iniciales: la solicitud de la “ventanilla única” en la Audiencia Nacional , la recomendación para los afectados de recopilar su documentación, la necesidad de transparencia en el proceso… Asimismo, las asociaciones que forman parte del CCU se ponían a disposición de los afectados para informarles y asesorarles.

El 16 de mayo, el CCU recogía con satisfacción el comunicado emitido conjuntamente por los juzgados Centrales de instrucción números 1 y 5, que instruyen las causas denominadas Afinsa y Fórum Filatélico, y en el que se ofrecían acciones a los posibles perjudicados por los delitos que se están investigando.

Al día siguiente, se ofrecía por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales otra información para la tranquilidad de los afectados con menos recursos económicos. Según el documento , los pensionistas con pensiones inferiores a las mínimas establecidas, que hasta ahora no recibían el complemento a mínimos por los ingresos de sus ahorros en Fórum Filatélico o Afinsa, podrán solicitar ese complemento siempre que no tengan otra fuente de ingresos de capital que lo haga incompatible.

Tras sucesivas reuniones con los representantes de los consumidores, además del procedimiento penal seguido por los Juzgados Centrales de Instrucción 1 y 5 se creó otro procedimiento judicial contra ambas entidades de interés para los afectados: la vía concursal. Si bien la finalidad del procedimiento penal es la defensa de los intereses colectivos de los afectados mediante el establecimiento de los delitos que se hayan podido producir, la finalidad de la acción concursal es estudiar la viabilidad de las empresas y, en su caso, liquidar su patrimonio para atender las deudas que tengan adquiridas con los distintos acreedores y, entre ellos, los clientes. Al producirse estas novedades, el CCU realizó un estudio sobre la Ley Consursal informandoa los consumidores de la nueva situación creada a través de su Grupo de Trabajo.

Además, el CCU informó a mediados de julio de la apertura de la ventanilla única : la oficina que la administración judicial ha puesto a disposición de los afectados para concentrar la documentación relativa a este caso y que estos puedan consultar todas las dudas relativas al trámite judicial que se ha iniciado.

Hay que señalar que los procedimientos penal y concursal son plenamente compatibles y, por tanto, los afectados pueden acudir a ambos, teniendo en cuenta que el proceso concursal cuenta con unos plazos breves de presentación en el mismo. Concretamente, tal y como se cita en los autos de declaración del concurso referidos tanto a Fórum Filatélico como aAfinsa , los acreedores «deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en dos diarios de los de mayor difusión de Madrid». Así, a partir de que se produjeran esas publicaciones los afectados tendrían un mes de plazo para comunicar su crédito al Juzgado. El CCU continúa su labor de vigilancia del proceso,informando en todo momento a los consumidores de cómo va este proceso.

Mientras esto sucedía, los administradores concursales de Fórum Filatélico remitieron a la presidencia del CCU el texto definitivo del escrito que se ha remitido a lo largo del mes de agosto, a los titulares de Fórum, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Concursal. La cartava acompañada de dos hojas: en la hoja A la administración concursal incorpora todos los datos sobre los que tienen conocimiento (datos personales del titular, número de contrato, cuantías pagadas por el titular…); en cuanto a la hoja B , los acreedores deben cumplimentarla en aquellos supuestos de divergencia con los datos existentes en la hoja A . Asimismo, se adjuntan unas instrucciones para facilitar la comprensión de la información.

Finalmente, el BOE publicó el 1 de septiembre el anuncio notificando la declaración del Concurso de Acreedores de Fórum Filatélico, por lo que los acreedores dispusieron de plazo hasta el 2 de octubre para formalizar en el juzgado la reclamación de su crédito

Mientras, para los afectados de Afinsa se abrió también un plazo para comunicar su reclamación.que finalizó el pasado 16 de noviembre.

El pasado 3 de enero la Administración Concursal de Forum presentó el informe que obliga la Ley Concursal, aunque la Administración Concursal no puede publicar su contenido por tratarse de datos protegidos para su publicidad en la Ley Orgánica de Protección de Datos. Los personados, tenían la posibilidad de, a través de su Procurador, acceder a los datos del informe que consideren oportunos y saber la cuantía reconocida y su concepto.

Para todos aquellos afectados que no estaban personados, la Administración Concursal preparó un nuevo envío de cartas durante ese mes en el que se indicaba el crédito reconocido por contrato. Desde su recepción, el afectado disponía de 10 días para impugnarlo si no estaba conforme con las cifras reconocidas. La Administración concursal de Fórum también informó de que, por razones de seguridad, no se puede facilitar ningún dato por teléfono. Dado que la fase de impugnación es estrictamente procesal, únicamente cabe la presentación del recurso correspondiente ante el Juzgado Mercantil nº 7, sin que puedan ser atendidas consultas en el centro de trabajo de la Administración Concursal. Para más información se puede consultar la página Web de la administración concursal de Forum (http://www.administracionconcursalforum.com/).

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 20 de abril el Proyecto de Ley por el que se regulan determinados aspectos de la protección de los consumidores y usuarios en la contratación de los llamados bienes tangibles. Asimismo, creó una línea de anticipos de 500 millones de euros para los afectados de Fórum y Afinsa. Estos anticipos a cuenta de los reembolsos que en su día determine la justici ya han sido aprobadosos. Puede consultar más información en el siguiente enlace: folleto anticipos.

A finales de julio el CCU emitió un comunicado de prensa pidiendo a las entidades financieras el cumplimiento del convenio firmado con el ICO en relación con estos anticipos.

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) dispone de una sección en su página web con información actualizada sobre la gestión y tramitación de la línea de anticipos a cuenta.

A finales de año, el Consejo de Ministros aprobó la ampliación del plazopara solicitar anticipos a cuenta para los afectados hasta el próximo 31 de marzo de 2008.

A principios de enero el Gobierno amplió la información relativa a la mejora de la línea de mediación para los afectados.

El 27 de febrero, el Tribunal Supremo confirmó la legalidad de las ayudas públicas a las asociaciones de consumidores para el asesoramiento de los afectados, aunque desestimó aquellas que se refieren a la cobertura de los gastos judiciales. En cualquier caso, CECU continuará personada en nombre de todos los afectados que acudieron a la Confederación en los procedimientos penales que se siguen en los Juzgados Centrales de Instrucción 1 y 5 de la Audiencia Nacional.

El pasado 14 de marzo, se puso a disposición de los afectados la posibilidad de pedir la nueva Línea de Anticipos del ICO, según anunció públicamente este organismo. El plazo para solicitarlos se amplió hasta el 31 de diciembre de 2008 y el importe máximo de los mismos hasta el 17,5% del importe acreedor, con un límite de 6.000 euros. Para los colectivos con especiales dificultades la cuantía podría llegar al 40%, con un límite de 15.000 euros.

El 25 de junio se dictó el auto que ponía fin a la fase común del procedimiento concursal y convocaba Junta de Acreedores para el próximo 8 de ocutbre a las 9:30 horas en la Plaza de Toros cubierta de Leganés. Sin embargo, el 23 de julio, un auto del Juzgado de lo Mercantil Nº 7 de Madrid ha suspendido la Junta a consecuencia de la inadmisión a trámite del Convenio presentado por la mercantil Fórum Filatélico S. A., por lo que se abre la fase de liquidación.

El pasado 15 de enero de 2009 se aprobó el Plan de Liquidación de Fórum Filatélico y el 3 de febrero el modelo definitivo de carta que recibirán todos los acreedores para proceder a un primer pago mediante transferencia bancaria, correspondiente al 10% del crédito ordinario reconocido.

En los últimos días de agosto, los afectados por la intervención judicial de Afinsa Bienes Tangibles recibieron en sus hogares cartas que no habían sido remitidas por la Administración Concursal de la empresa. En el escrito, aparentemente remitido por la propia empresa, se instaba a firmar, antes del 28 de agosto, la adhesión a un convenio por el cual los afectados recuperarían buena parte de sus inversiones a través de acciones de la empresa. Al respecto, CECU recomendó a los usuarios no adherirse a este convenio, ya que, tras ser estudiado por el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), el máximo organismo de representación de los consumidores consideró que esta fórmula no es la mejor solución para los intereses de los consumidores. Tras su votación, el pasado 2 de noviembre se hizo pública la providencia del juzgado por la cual se rechazaba la propuesta de convenio.

Asimismo, el cuatro de noviembre se publicó una nueva providencia por la que se acordaba emitir petición de auxilio judicial al Juzgado Central de Instrucción. El mismo día, se emitió el auto que acordaba la apertura de oficio de la fase de liquidación, auto que fue rectificado el 12 de noviembre.

El cinco de febrero de 2010 la Audiencia Nacional hizo pública la sentenciaque declina la responsabilidad patrimonial del estado en el caso Forum Filatelico/Afinsa.

El pasado 16 de mayo de 2013, el Juzgado Mercantil Nº6 de Madrid autorizó el abono de una cuota del 5% de los créditos a los acreedores de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A. Asimismo autorizó el envío de una carta con indicaciones específicas para los acreedores que tengan adjudicados individual y nominalmente lotes de sellos.

Estos deberán optar por una las siguientes opciones:
a) La devolución de dicho sellos. Esto supondrá salir del concurso de acreedores sin derecho a pagos adicionales.

b) Ejercer su derecho de recompra por parte de AFINSA. En este caso se procederá a realizar un primer pago a los que ejerciten dicha opción y a su vez se mantendrán en la lista de acreedores a efectos de posibles pagos posteriores a resultas del procedimiento de liquidación.

La información sobre cómo comunicar cualquiera de las dos opciones anteriores se indicará en la referida carta.

Respecto de los acreedores que no tengan otorgados lotes filatélicos a título individual, se mantendrán en la lista de acreedores y participarán de los pagos que realice la Administración Concursal. Ésta se pondrá en contacto con ellos para informarles de la situación y solicitar los datos bancarios para hacer los correspondientes pagos.

Aconsejamos a todas aquellas personas que hayan cambiado de domicilio que se pongan en contacto con la Administración Concursal a fin de notificárselo.
En caso de duda o consulta CECU recomienda que se pongan en contacto con su asociación de consumidores o con la Administración concursal

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