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Comunicación

Ring, ring…¡Hola!, soy tu factura de roaming

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El roaming permite poder utilizar la tarifa de móvil que tenemos contratada en nuestro país (llamadas, SMS y datos) cuando lo estemos utilizando en cualquier otro país de la Unión Europea1, sin pagar recargos adicionales. Tampoco cuando recibamos llamadas o SMS.

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No obstante, puesto que el roaming está pensado para un uso ocasional, los operadores de telefonía podrían establecer restricciones o limitaciones en su uso aplicando la denominada «política de utilización razonable» para evitar un uso abusivo del mismo.

El roaming es el precio máximo que podrá cobrarse por el uso del terminal dentro de la Unión Europea1. No obstante, el operador podrá ofrecer planes distintos a los usuarios para el uso del terminal dentro –y fuera de la UE.

Cuando el usuario cruce una frontera dentro de la UE1, su operador deberá enviarle un SMS informándole de que se encuentra en itinerancia y recordarle su política de utilización razonable. A partir de ese momento comenzarán a aplicarse las tarifas del roaming y a partir habrá que tener en cuenta las posibles restricciones y las situaciones especiales (uso del terminal en un barco, en un avión o cerca de la frontera) para evitar sorpresas en nuestra factura.

 

¿Qué restricciones pueden imponerse base a la “política de utilización razonable”?

Estas restricciones se pueden aplicar tanto al volumen de datos (internet) como al tiempo durante el cual se puede utilizar el roaming. En relación a nuestra tarifa de llamadas o de envíos de mensajes SMS, se mantendrá la que tengamos contratada.

 

1.- Volumen de datos.

El operador podrá aplicar una restricción en el volumen de datos disponibles sin recargo. En ese caso deberá informar al usuario de forma previa de los datos de los que dispone.

a) En caso de contar con un plan de datos limitado, el usuario podrá utilizar el mismo volumen de datos al mismo precio en la Unión Europea1. No obstante, si la tarifa es inferior a 2,5 €/GB (aplicable en 20192), el operador podrá limitar el volumen de datos disponible en roaming.

b) En caso de disponer de un plan de datos ilimitado, el operador podrá limitar la disponibilidad del volumen de datos dentro de la tarifa contratada mientras se esté utilizando el servicio de roaming.

¿Cómo se calcula este límite?

Para calcular el volumen de datos del que dispone el usuario se aplica la siguiente fórmula

Cuota mensual de datos (sin IVA)/precio máximo GB (4,5 €/GB en 20192) X 2

 

c) En caso de tarifa prepago, la limitación se calculará dividiendo el saldo disponible entre el precio mayorista (4,5 €/GB en 20192), y demanera obtendremos la cantidad de datos de los que dispone durante el uso del roaming.

 

Cuando el usuario haya consumido completamente el volumen de datos disponible en aplicación del principio de utilización razonable, el operador deberá enviarle un mensaje indicado el recargo que se aplicará por el consumo adicional de datos, que será de 4,5 €/GB (en 20192).

Si un consumidor no desea consumir datos o evitar imprevistos en la factura es recomendable apagar la conexión de datos, ya que al mantenerlo activado el móvil actualizará algunas aplicaciones como el correo electrónico o las redes sociales; podríamos recibir notificaciones o mensajes a través de las aplicaciones de mensajería instantánea lo que implicaría un consumo de datos. En esos casos es recomendable utilizar una red WiFi, pero siempre debemos asegurarnos de que sea red que sea segura.

 

2.- Tiempo de utilización del roaming

Como decíamos, el roaming está pensado para un uso ocasional del terminal dentro de la UE, por ello, el operador podrá controlar y comprobar cómo se ha utilizado en los últimos cuatro meses. Si durante ese periodo el uso del terminal ha sido mayor en el servicio de roaming que a nivel nacional, el operador podrá solicitar al usuario que justifique dicha situación.  Si en el plazo de 14 días el uso de roaming sigue siendo superior al del consumo nacional sin justificación, el operador podrá empezar a aplicar un recargo al consumo en roaming, con los siguientes límites (IVA no incluido):

-3,2 céntimos por minuto de llamada de voz efectuada

-1 céntimo por SMS

-4,50 euros por GB de datos (límite en 2019)

Estos recargos no se aplicarán si podemos justificar nuestra situación:

Trabajadores fronterizos.

-Relaciones contractuales duraderas que impliquen un nivel similar de presencia física de un    trabajador por cuenta propia.

-Participación en cursos de formación recurrentes a tiempo completo.

-Trabajadores desplazados.

-Jubilados.

Será de aplicación siempre que estas situaciones supongan un nivel de presencia territorial análogo, esto es, que haya una conexión al día a la red nacional.

Situaciones especiales

En ocasiones se dan situaciones que el consumidor desconoce y que podrían generar facturas incluso más elevadas que el uso del roaming incluso dentro de la UE1.

a) El roaming en los viajes en barco o avión

Cuando viajamos en barco o en avión, se aplicará el roaming si nos conectamos a la red de telefonía terrestre. No obstante, si los servicios de telefonía en estos medios de transporte se prestan vía satélite, no será de aplicación y los recargos pueden ser muy elevados.

En este sentido es recomendable desconectar la conexión de datos para que el móvil no se conecte a la red. Si necestimos conexión, podría resultar más económico utilizar el servicio de internet que pueda prestar el propio barco o avión que conectarnos a través de nuestro terminal. En todo caso, antes de volar o embarcarse, es aconsejable consultar las tarifas a nuestro operador.

b) El roaming fuera de la UE

Si vas a viajar fuera de la Unión Europeano será de aplicación el roaming. Antes de viajar pregunta a tu operador por las tarifas u ofertas que ofrece para utilizar el terminal fuera de la UE. En ocasiones puede ser recomendable adquirir una tarjeta SIM en el país de destino.

Dentro de la UE, también ha de tenerse cuidado cuando se viaja cerca de la frontera ya que el terminal puede conectarse a una red de telefonía del país vecino, lo que nos supondrá un recargo en la factura.

c) Llamar a otro país desde el nuestro de residencia

Si el consumidor, desde su propio país llama o envía un SMS a otronúmero de la UE, el precio máximo que podrá cobrarseserá de0,19 € (+ IVA) al minuto por llamada  y un máximo de 0,06 € (+ IVA) por SMS.

d) Reino Unido

Si se va a viajar al Reino Unido, habrá que tener en cuenta si aún sigue formando parte de la Unión Europea o no para saber si se aplican las tarifas roaming.

1Alemania, Grecia, Austria, Hungría, Bélgica, Irlanda, Bulgaria, Italia, Chéquia, Letonia, Chipre, Lituania, Croacia, Luxemburgo, Dinamarca, Malta, Eslovaquia, Países Bajos, Eslovenia, Polonia, España, Portugal, Estonia, Reino Unido, Finlandia, Rumanía, Francia, Suecia -excluidos Suiza y Andorra-, más Liechtenstein, Noruega e Islandia.

2El precio del GB para 2019 será de 4,5€/GB, pero este disminuirá paulatinamente en los años posteriores, siendo en 2020 de 3,5€/GB, en 2021 de 3€/GB y en 2022, 2,5€/GB.