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Comunicación

¿Qué pasa con los perfiles personales en redes sociales tras el fallecimiento de su usuario?

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Los perfiles personales de las redes sociales no pueden heredarse, al no ser bienes o derechos, y el contrato de usuario que se suscribe con ellas es personal. Pese a ello, las principales redes sociales disponen de fórmulas que permiten, bajo ciertos requisitos, eliminarlas o acceder a ellas:

Facebook: para eliminar la cuenta se debe acreditar ante la compañía que somos familiares directos de la persona fallecida, así como enviar copia del acta de defunción del usuario. Hay que tener en cuenta que la información del documento debe coincidir con los datos que la compañía tiene de la persona fallecida, por lo que, si ésta no había dado, por ejemplo, su nombre real, la cuestión puede complicarse.
Si así lo deseamos, se puede dejar la cuenta abierta de forma conmemorativa para homenajear a la persona. En ese caso, se mantiene el contenido de la cuenta tal y como se publicó, pudiendo acceder al mismo aquellas personas con las que se compartió. Además, Facebook permite establecer con antelación un “contacto de legado”, que se encargará de administrar esa página conmemorativa en ausencia de su titular.
Si quisiéramos obtener todo el contenido del perfil, la cosa se complica, ya que habría, no sólo que probar que se es un familiar directo, sino también requerir una orden judicial e, incluso en ese caso, Facebook “no garantiza que podamos facilitarte el contenido de la cuenta”.

Twitter: la red del pájaro azul también tiene previstas este tipo de eventualidades y permite la eliminación de la cuenta enviando una solicitud y probando nuestra relación con la persona fallecida y el propio deceso. Eso sí, Twitter explicita que en ningún caso darán acceso a la cuenta a otra persona, por lo que directamente se cerraría.

Correo electrónico: las principales plataformas gratuitas disponen de políticas similares a las descritas anteriormente para cerrar la cuenta de un fallecido. Como en los casos anteriores, la cosa se complica si lo que queremos es poder acceder a la cuenta, ya que incluso pueden requerirnos órdenes judiciales de administraciones extranjeras como Estados Unidos.

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