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Comunicación

A partir de mañana las personas consumidoras tendrán más posibilidades de elección y más protección en los servicios en línea

  • A partir del 7 de marzo la Ley de Mercados Digitales comienza a ser obligatoria para los denominados “guardianes de acceso” (gatekeepers, por sus siglas en inglés)  
  • La Federación de Consumidores y Usuarios CECU pide a las autoridades que garanticen su aplicación efectiva para limitar el poder de las grandes tecnológicas y abrir los mercados digitales en beneficio de las personas consumidoras 

La Ley de Mercados Digitales (DMA, por sus siglas en inglés) es una importante normativa que otorga a las personas consumidoras el derecho a disfrutar de más posibilidades de elección y mejor relación calidad-precio al utilizar aplicaciones y servicios en línea (por ejemplo, streaming de música), mejores resultados al buscar y comprar, y más control sobre su privacidad. La Federación de Consumidores y Usuarios solicita vigilancia por parte de las autoridades para que las empresas apliquen lo antes posible las nuevas normas y lo hagan adecuadamente. 

Para disfrutar de algunas de estas ventajas, las personas consumidoras tendrán que actualizar sus móviles y otros sistemas operativos después del 7 de marzo, cuando se les ofrezca la oportunidad de hacerlo. Sin embargo, para que las consumidoras disfruten de estas ventajas, los grandes proveedores de servicios en línea (los «guardianes de acceso o gatekeepers») deberán cumplir las obligaciones impuestas por la DMA desde mañana. Y la Comisión Europea será quien deba supervisar el cumplimiento de los gatekeepers de forma estricta y tomar medidas coercitivas rápidas y eficaces frente a incumplimientos. 

Es posible que algunas personas consumidoras ya hayan visto mensajes emergentes de proveedores de servicios en línea como Amazon, Google y Meta informándoles de los cambios, pero sin explicar las nuevas ventajas y utilizando interfaces que plantean dudas sobre si cumplirán plenamente con la norma. Apple incluso sostiene que la DMA es mala para los consumidores. Sin embargo, resulta evidente que a los guardianes de acceso no les interesa que las personas elijan alternativas a sus propios productos. 

¿Qué ventajas aportará la DMA a las personas consumidoras? 

La DMA exige a los gatekeepers que mejoren la experiencia de los consumidores en línea de varias maneras. Por ejemplo, deben 

  • Brindar a los consumidores acceso a ofertas potencialmente mejores al comprar en línea, ya que los gatekeepers no están autorizados a dar preferencia o mayor visibilidad a sus propios productos/servicios en los rankings de búsqueda o en las visualizaciones del mercado. Estos cambios facilitarán que las personas consumidoras vean los productos que buscan y encuentren los que mejor se adaptan a sus necesidades. 
  • Dar a los consumidores más control sobre el uso que se hace de sus datos cuando utilizan los productos o servicios de los guardianes. Por ejemplo, las personas consumidoras podrán impedir que un mercado en línea, un servicio de navegación (mapas) o una aplicación de una red social les haga un perfil para enviarles publicidad personalizada usando datos de otro servicio del guardián o de terceros. 
  • Otorgar a las personas consumidoras el derecho a iniciar sesión en un servicio en línea sin estar obligados a hacerlo simultáneamente en otro servicio en línea de la misma empresa. Por ejemplo, los consumidores que se registren en YouTube para ver vídeos no se conectarán automáticamente a su cuenta de Gmail. Y si quieren registrarse en una cuenta de Instagram o Gmail, no se les puede obligar a crear también una cuenta de Facebook o YouTube, respectivamente.  
  • Dar a los proveedores de aplicaciones el derecho a informar a los consumidores directamente dentro de las aplicaciones sobre descuentos y diferentes tipos de suscripciones, algo que Apple, por ejemplo, ha bloqueado sistemáticamente. Los proveedores de aplicaciones tendrán derecho a remitir directamente a los consumidores a sus sitios web para suscribirse (en lugar de que las tiendas de aplicaciones oficiales obliguen a las personas a suscribirse a través de la tienda de aplicaciones, que luego se queda con una parte sustancial del precio de la suscripción). Esto debería significar precios más bajos.  
  • Otorgar a los consumidores el derecho a instalar aplicaciones de tiendas de aplicaciones de terceros (es decir, no las que ya están en el móvil cuando se compra) y a descargar aplicaciones no disponibles en otros sitios. En otras palabras, los consumidores tendrán la oportunidad de acceder a una mayor variedad de aplicaciones y, potencialmente, ahorrar dinero. 
  • Ofrecer a las personas consumidoras una selección de motores de búsqueda y navegadores disponibles, para que puedan elegir los que prefieran y cambiar fácilmente a otro si lo desean. Por ejemplo, será más fácil para los consumidores elegir un navegador o motor de búsqueda centrado en la privacidad o el medio ambiente. En concreto, hay que mostrar a las personas consumidoras una «pantalla de elección» para que elijan los buscadores y navegadores que prefieran.  
  • Ofrecer a los consumidores una mayor variedad de sistemas de pago, ya que los desarrolladores tendrán derecho a desarrollar sistemas alternativos de pago sin contacto para móviles, por ejemplo, mediante NFC y lectores de huellas dactilares. 
  • En el caso de WhatsApp, dar a los usuarios la opción de comunicarse con personas de otros sistemas de mensajería que decidan comunicarse (interoperar) con WhatsApp. 
  • Garantizar que los consumidores puedan darse de baja fácilmente de los servicios del gatekeeper que ya no deseen sin que estos utilicen interfaces engañosas o equívocas («patrones oscuros») para disuadirles de hacerlo. 
  • Otorgar a las personas consumidoras el derecho a desinstalar aplicaciones preinstaladas en un móvil que no deseen o no utilicen (por ejemplo, búsqueda, tiempo, navegación, traductor). 

Anabel Arias, experta en derechos digitales de CECU, sostiene que: “Desde CECU celebramos que comience a ser obligatoria la DMA que busca limitar el poder de mercado de las Big Tech. Sin embargo, nos preguntamos si realmente marcará una diferencia en la experiencia online de las personas consumidoras. Y entendemos que sí, pero a condición de que: (i) los grandes proveedores de servicios en línea respeten las nuevas obligaciones que les impone la DMA en lugar de intentar eludirlas y (ii) los consumidores desempeñen un papel importante para alertarnos de los casos en que las empresas no respetan tales obligaciones. Por último, será necesario que la Comisión Europea realice un seguimiento exhaustivo del cumplimiento de esta norma”. 

¿Qué empresas tienen que cumplir la DMA? 

La Comisión Europea designó como «gatekeepers» a seis grandes empresas que prestan servicios básicos en línea (como motores de búsqueda, redes sociales y mercados), a saber, Alphabet (Google), Amazon, Apple, ByteDance (TikTok), Meta (Facebook, WhatsApp, Instagram, etc.) y Microsoft. 

La DMA exige a estas empresas que respeten sus normas específicas para proteger los intereses de las personas consumidoras cuando ofrecen los siguientes servicios:  

  • Redes sociales: TikTok, Facebook, Instagram, LinkedIn 
  • Mensajería: WhatsApp, Messenger 
  • Intercambio de vídeos: YouTube 
  • Búsquedas: Google Search 
  • Intermediación: Google Maps, Google Play, Google Shopping, Amazon Marketplace, Apple App Store, Meta Marketplace 
  • Navegadores: Chrome, Safari 
  • Anuncios: Google, Amazon, Meta 
  • Sistemas operativos: Google Android, iOS, Windows PC OS 

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