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Comunicación

La Alianza por la Salud Alimentaria reclama una regulación de los conflictos de intereses para defender la salud pública

La alianza considera que el proyecto de Real Decreto que tiene como objeto desarrollar el artículo 11 de la Ley General de Salud Pública puede suponer un gran avancepara reglamentar las declaraciones de interesesde expertos y organizaciones que colaboren con las autoridades sanitarias en actuaciones de salud. No obstante, este paso debe completarse con una regulación amplia que alcance otras áreas en las que las decisiones que afectan a la salud de la población puedan verse comprometidas por intereses ajenos al bien común.

La alimentación poco saludable y sus enfermedades asociadas representan, hoy en día, un grave problema de salud en el Estado español. Actualmente, la alimentación poco saludable es responsable de buena parte de las principales enfermedades y muertes en nuestro país, como las derivadas de las dolencias cardiovasculares, diabetes y algunos tipos de cáncer, con un enorme coste monetario directo:uno de cada cinco euros del presupuesto de sanidad en nuestro país se dedica a tratar los efectos en salud de la alimentación insana. A diferencia de lo que ocurre con otros factores de riesgo para la salud, como el tabaquismo y el consumo de alcohol, resulta llamativa la ausencia de políticas públicas que afronten el problema de la alimentación poco saludable en el Estado españolde manera efectiva.

En países de nuestro entorno se están aplicando (con mayor o menor intensidad) políticas efectivas para reducir el consumo excesivo de alimentos no saludables, como etiquetados nutricionales comprensibles, regulación de la publicidad alimentaria, impuestos específicos a bebidas azucaradas y actuaciones en escuelas y centros sanitarios para evitar la promoción y venta de alimentos y bebidas no saludables. Estas medidas brillan por su ausencia en el Estado español, lo cual convierte nuestro país en una suerte de paraíso para la industria alimentaria dentro del contexto europeo.

Entre los motivos de esta ausencia de regulación, destaca la falta de control y transparencia de los conflictos de intereses derivados de las relaciones con la industria alimentaria, en primer lugar, de los políticos y funcionarios de salud pública de alto nivel, actores claves en la toma de decisiones políticas, y, en segundo lugar, de profesionales de los ámbitos científico yde la nutrición y la salud, así como las fundaciones y asociaciones científicas que los representan. Estas organizaciones y personas expertas en nutrición y salud pública reciben financiación, en algunos casos muy importante, de la industria alimentaria, que así consigue influir y sesgar, de manera opaca, a muchos actores clave en materia de la relación entre la alimentación y la salud, generando una distorsión de los discursos y normativas sociales que vulneran los derechos básicos de las personas consumidoras. La falta de regulación eficaz de estos conflictos de intereses representa un incumplimiento del mandato constitucional y una vulneración de aspectos trascendentales de los derechos a la salud y a una alimentación adecuada.

El conflicto de intereses tiene su origen en las estrategias de captura corporativa de la industria de productos no saludables, y la alimentaria en particular, con múltiples consecuencias adversas para la salud pública, como sesgar los resultados científicos, controlar la formación continua de las personas profesionales, crear consumidores y consumidoras desde edades precoces, promover una buena imagen de las compañías y productos no saludables, ejercer presión sobre gobiernos y organismos internacionales, etc.

La captura corporativa de las políticas públicas (dentro del ámbito de la alimentación y la nutrición) surge para anticiparse y responder a las iniciativas políticas que busquen reducir el consumo excesivo de alimentos que suponen un riesgo para la salud, con el objetivo de impedir o demorar la instauración de estas políticas, promoviendo en su lugar mecanismos de autorregulación y medidas de carácter exclusivamente educativo, entre otras.

CECU

 

Julio 2020

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