- La Federación de Consumidores y Usuarios CECU considera que el éxito de la Ley de Mercados Digitales (DMA) , que entró ayer en vigor, dependerá de que se haga cumplir de forma efectiva a las empresas
Las personas consumidoras podrán gozar de mayores posibilidades de elección en los entornos digitales gracias a la nueva Ley de Mercados Digitales (LMD o DMA, por sus siglas en inglés), que entró en vigor finalmente en el día de ayer. La ley busca evitar que las grandes plataformas impongan condiciones injustas a las empresas y a las personas consumidoras. Además, pretende garantizar que los mercados digitales en la UE sean justos y accesibles a través de la imposición de una serie de obligaciones y prohibiciones a las grandes plataformas que actúan como “guardianes de acceso” de muchos productos y servicios digitales.
Con su entrada en vigor, algunos de sus artículos pasarán a aplicarse de forma automática. Sin embargo, es probable que los guardianes de acceso sean designados como tales a mediados del 2023. Una vez designados, tendrán seis meses para cumplir con las nuevas reglas.
Destacamos algunas de las novedades que la DMA traerá para las personas consumidoras:
- Mayores protecciones frente a la utilización de datos personales, buscando resguardar la privacidad de las personas consumidoras frente a la constante vigilancia a la que están expuestas. A menos que den su consentimiento, los guardianes tendrán nuevas limitaciones para procesar, combinar y cruzar tales datos.
- Mayores posibilidades de elección para las personas consumidoras. Los guardianes no podrán impedir que las empresas ofrezcan a los usuarios finales mejores condiciones (incluidos los precios) en otros mercados de la competencia, o en sus propios sitios web.
- Interoperabilidad de los servicios de mensajería instantánea del guardián con los de proveedores alternativos. Por ejemplo, los usuarios de WhatsApp podrían intercambiar mensajes con usuarios de Facebook Messenger, iMessage, Telegram e Instagram.
- Libertad de las personas consumidoras para, por ejemplo, elegir la opción de pago y el método de registro; desinstalar aplicaciones; cambiar fácilmente la configuración predeterminada de los sistemas operativos; para instalar aplicaciones y tiendas de aplicaciones de terceros.
- Libertad para darse de baja de los servicios básicos de plataforma en condiciones similares a las de suscripción.
- Prohibición de “auto-preferencia”. Los guardianes no podrán tratar de manera más favorable a sus propios productos o servicios.
- Interoperabilidad con el hardware y el software del guardián, que deberán permitirle a los usuarios comerciales interoperar y tener acceso a ellos.
- Portabilidad de datos. Las personas consumidoras tendrán derecho a solicitar, de forma gratuita, la portabilidad de los datos que hayan facilitado o que hayan generado al utilizar el servicio básico de plataforma de un guardián.
Cabe destacar que la Comisión Europea es la única entidad responsable de hacer cumplir la DMA y que tiene facultades para imponer multas que podrán alcanzar hasta el 10% de su volumen de negocio total y, en caso de reincidencia, esta cantidad se podrá incrementar hasta el 20%. A su vez, podrá llevar a cabo investigaciones de mercado y disponer medidas correctoras de comportamiento o estructurales.
Esta nueva legislación va a interactuar con la Ley de Servicios Digitales (DSA), a punto también de entrar en vigor, que busca proteger a los consumidores frente al contenido ilícito online, así como establecer medidas de transparencia y de rendición de cuentas para las plataformas digitales.
Anabel Arias, experta en derechos digitales de CECU afirma: “consideramos que la DMA, de aplicarse correctamente, traerá beneficios para las personas consumidoras y que constituye, junto con la Ley de Servicios Digitales, un avance en la defensa de sus derechos en el mundo digital. Sin embargo, los verdaderos beneficios de ambas normas dependerán de su aplicación efectiva por parte de las autoridades. Desde CECU vigilaremos de cerca su implementación”.