Asimismo, en el caso de que un ciudadano español haya viajado a uno de los países o zonas afectadas por el coronavirus (COVID-19), o tenga pensado viajar teniendo en cuenta las restricciones derivadas de la declaración del Estado de Alarma, deberá consultar las recomendaciones oficiales de las autoridades nacionales competentes. Estas instituciones facilitan información sobre la situación, las medidas preventivas y de seguridad para los viajeros, números de teléfono de emergencias, así como pautas sobre prevención y consumo de alimentos.
Se deberán tener en cuenta, igualmente, las restricciones de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen.
Además, deben consultarse las páginas web de:
• Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
• Embajada y/o consulado de España en el país al que se vaya a viajar; y
• Centro Europeo del Consumidor del país en el que se encuentre.
También se recomienda consultar las páginas web de los aeropuertos, estaciones de tren, empresas de transporte y agencias de viajes.
A continuación, se exponen derechos que asisten a consumidores y usuarios ante distintas situaciones que pudiesen provocarse como consecuencia del coronavirus (COVID-19).
CECU
Abril 2020
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