Cinco organizaciones de consumidores, entre las que se encuentra la Confederación de Consumidores y Usuarios aprueban y apoyan la nueva modificación de la normativa, aprobada por el Gobierno, que permite en circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que estén justificadas, que los establecimientos comerciales puedan limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador.
Esta medida contribuye a paliar los posibles desabastecimientos puntuales y de determinados productos que la actual situación del mercado puede generar. La modificación determina que estas medidas deberán estar justificadas y, además precisa que las mismas se adoptarán de manera proporcional cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de las personas consumidoras en condiciones equitativas.
Las organizaciones de consumidores consideran necesario garantizar el acceso por parte de todas las personas consumidoras a los productos en el mercado en condiciones equitativas sobre todo ante situaciones excepcionales o de fuerza mayor, que puedan dar lugar a cualquier problema de desabastecimiento de determinados productos en el marco del comercio minorista y por lo tanto ven adecuada la modificación del artículo 9 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
Organizaciones firmantes:
Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU)
Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC)
Federación de Usuarios y Consumidores Independientes (FUCI)
Confederación Española de Cooperativas de Consumidores y Usuarios (HISPACOOP)
Federación UNAE