En el caso de bienes de segunda mano, el plazo será de tres años salvo que las partes pacten uno menor, que nunca podrá ser inferior a un año.
Además, a partir de mañana se modifica a su vez el plazo de garantía de las reparaciones realizadas durante la vigencia de la misma y el plazo durante el cual se presume que una falta de conformidad existía en el momento de entrega del bien o servicio, entre otras cuestiones.
La CECU recordó que el consumidor podrá elegir entra la reparación o sustitución del bien, salvo que uno de las dos opciones resulte imposible, o una opción tenga un coste desproporcionado respecto a la otra o que la alternativa pueda proporcionarse sin mayores inconvenientes.
En caso de contenidos o servicios digitales, el consumidor podrá exigir que sean puestos de conformidad.
Las novedades respecto al derecho de garantía, así como las novedades en la tarifa PVPC 2.0 TD, aplicable a todos los consumidores, han sido los ejes centrales del proyecto “No clames, reclama” de CECU.
Este proyecto informa a través de su web y la aplicación para móviles RECLAMA sobre cómo los consumidores pueden reclamar sus derechos en distintos sectores de compra, para que cualquiera sepa a dónde debe dirigirse.
CECU
Diciembre 2021