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Comunicación

Conoce tus derechos para viajar esta Semana Santa

Fieles a nuestra cita con los consumidores y usuarios, como cada Semana Santa, desde CECU queremos informarles de cuáles son sus derechos si tienen la suerte de disfrutar de unos días de vacaciones en estas fechas.  

En años anteriores, abordamos cuáles son los derechos de los pasajeros cuando contratan un vuelo, cuando viajan en autobús o alquilan un vehículo. Asimismo, analizamos los derechos respecto a la reserva de los alojamientos y qué sucede cuando se contratan estos servicios de forma conjunta en lo que se conoce como un viaje combinado. Nos referimos a la documentación necesaria para viajar con menores y las posibles coberturas que ofrece un seguro de viaje y finalmente, recomendamos la revisión de los vehículos antes de emprender un viaje y mostramos el modo de reclamar en caso de controversia incluso cuando la empresa tiene su residencia fuera de España. 

En esta ocasión, queremos recordar todos estos consejos volviendo a poner a su disposición esta información y dado el contexto internacional en el que nos encontramos inmersos, hacer alusión a una serie de cuestiones de especial relevancia en este momento como son los posibles casos de cancelaciones de vuelo o denegaciones de embarque por la pandemia de COVID así como la contratación de los seguros por éste y otros motivos. Finalizamos haciendo referencia a un tema que si bien no parece que vaya a afectar en estas vacaciones, es posible que lo haga en las de verano, como es la modificación de los precios por el alza del precio de los carburantes.

 

Cancelaciones de vuelos o reservas hoteleras por no cumplir las medidas COVID del país que se visita

Afortunadamente, parece que lo peor de la pandemia ha pasado, y aunque debemos ser cautos y cumplir los consejos del Ministerio de Sanidad, el tráfico aéreo ha vuelto a su actividad pre pandemia. Ahora bien, como el descenso de niveles de contagios no ha sido igual en todo el mundo, cada país tiene diferentes medidas respecto a los requisitos de entrada en su territorio. 

A ese respecto y dado que las autoridades sanitarias de cada país, incluso dentro de los de la propia Unión Europea, han sido diferentes respecto a la exigencia de vacunas, de test y demás medidas y documentos a aportar, aconsejamos que antes de realizar la contratación de un viaje se consulte la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores que ofrece información detallada y actualizada al respecto de cada país. De esta forma, indicando el país de destino aparecen unas interesantes recomendaciones de viaje que informan de la normativa actualizada de entrada al país.

Debemos ser conscientes de que es el consumidor el responsable de cumplir con las normas y por tanto de informarse debidamente puesto que, en caso de no hacerlo, no se podrá reclamar a la compañía aérea o a la empresa con la que hemos hecho la reserva de alojamiento.

Cancelación de un vuelo o una reserva por positivo COVID del viajero

Como decíamos antes, la situación sanitaria ha mejorado sensiblemente, pero siguen contándose por miles los contagios diarios del COVID que gracias a las vacunas no están siendo tan graves ni requiriendo en muchos casos hospitalización. No obstante, siguiendo el criterio de los expertos, si damos positivo, no deberíamos tomar un vuelo.

En estos casos, si tenemos contratado un seguro, podremos gestionar con él la devolución de los importes, pero aún en el caso de que no lo tengamos contratado, estamos ante una causa de fuerza mayor que impide el viaje y debe conllevar el reintegro de los importes. Lamentablemente las compañías no lo están entendiendo así en todas las ocasiones y es posible que tengamos que formular la oportuna reclamación para hacer valer nuestros derechos.

Cancelación de un vuelo o una reserva por parte de la compañía

Si bien, la situación de la pandemia es mejor en general que tiempo atrás, estamos viendo como China por el contrario se encuentra en su peor fase, con el confinamiento estricto de grandes zonas urbanas. Si tu destino es un lugar que ha establecido restricciones de entrada y se cancela el vuelo o no puedes acceder a determinadas zonas en un viaje combinado, las compañías están obligadas a reembolsar el precio íntegro del billete (salvo gastos indebidos adicionales que deberán desglosarse) o, como alternativa, pueden ofrecer un bono equivalente el usuario podrá canjear más adelante. 

La aceptación de este bono equivalente es totalmente opcional y voluntaria, por lo que la compañía no puede imponerlo como única alternativa y siempre debe ir acompañada de la oferta de reembolso del importe pagado. 

Si, en lugar de cancelarse el vuelo, lo que se cancela es el acceso al país de destino y el viaje combinado se cancela, la agencia de viajes también deberá reembolsar el importe pagado u ofrecer un bono en las mismas condiciones de voluntariedad para el usuario. Si se decide aceptar el bono equivalente opcional debemos saber que tiene una validez de un año y si transcurrido ese periodo de tiempo no se ha canjeado, se puede volver a solicitar el reembolso completo del importe pagado por el viaje. Esta devolución del pago deberá realizarse en un plazo inferior a 14 días.

Contratación de seguros

Desde CECU, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, se aconseja contar con un seguro que cubra todas las eventualidades que pueden darse durante un viaje al extranjero, incluidos los riesgos asociados a la COVID-19 toda vez que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular y las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en determinados países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo. Teniendo esto en cuenta, una hospitalización o tratamiento en el extranjero puede suponer un desembolso muy importante para los consumidores.

Dicho esto, consideramos oportuno valorar las diferentes opciones y coberturas de los posibles seguros de viaje con el fin de elegir el que mejor se adapte a nuestras necesidades. Ahora bien, hemos observado que es práctica habitual de las compañías aéreas y agencias de viaje on line “vender” todo tipo de seguros sin explicar bien el contenido de éstos. 

Así, debemos saber por ejemplo que puede interesarnos un seguro de cancelación por si al final decidimos no hacer un viaje, pero sabiendo como hemos expuesto antes que tenemos una serie de derechos reconocidos en el caso de cancelación, independientemente de que tengamos contratado un seguro o no. Estos seguros, están pensados más bien por si se cancela no por una situación sanitaria sino porque por motivos laborales o personales decidamos finalmente no hacer un viaje.

Otras recomendaciones

Al margen de lo ya dicho, si va salir del país, se recomienda a instancias del Ministerio de Asuntos Exteriores, que antes de realizar el vuelo registre sus datos en el Registro de viajeros de este Ministerio, lo que facilita la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.

Asimismo, y en el caso de que viaje a un país miembro de la Unión Europea o del espacio Schengen es recomendable portar la tarjeta sanitaria europea para recibir asistencia sanitaria en caso de ser necesario.

 

CECU

Abril 2022

 

Si quiere aprovechar estos días de descanso para viajar al extranjero, CECU le recuerda sus derechos ante posibles cancelaciones de reservas o denegaciones de embarque por la COVID-19.   Cancelaciones de vuelos o reservas hoteleras por no cumplir las medidas COVID del país que se visita Aunque se puede decir que el tráfico aéreo ha vuelto a su actividad pre-pandemia, en los últimos días se han cancelado decenas de vuelos por contagios de coronavirus, por lo que debemos seguir siendo cautos y cumplir con las recomendaciones del ministerio de Sanidad.