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Comunicación

¿Se puede incrementar el precio de un viaje combinado por la subida del combustible?

En el contexto internacional en el que nos encontramos, con una alta inflación a nivel global y la escalada continua de los precios de los combustibles, queremos hacer referencia a qué sucede si el transportista con el que hemos contratado un viaje desde hace un tiempo decide comunicarnos un alza del precio de este.

En este sentido, debemos indicar que la Ley contempla la posibilidad de modificación del precio en los viajes combinados (aquellos en los que se contrata el viaje y algún otro servicio como puede ser el alojamiento). Normalmente, la causa más habitual de la modificación del precio proviene de una subida de los precios de los carburantes. Para que se produzca la modificación se tendrán que dar los siguientes requisitos:

  • Que se haya pactado previamente en el contrato especificándose con precisión el modo de calcular la modificación.
  • Que esté justificada por una variación real en el precio de los transportes (incluidos los carburantes), de los impuestos y tasas relativos a determinados servicios, o de los tipos de cambio aplicables al viaje.
  • Que la revisión se aplique, al menos, con veinte días de antelación al inicio del viaje.

Si se aumentara el precio en más de un 8%, en un plazo razonable especificado por el organizador el consumidor deberá decidir si acepta el cambio propuesto o resuelve el contrato sin pagar penalización. El viajero que resuelva el contrato podrá aceptar un viaje combinado sustitutivo que le ofrezca el organizador o, en su caso, el minorista, de ser posible de calidad equivalente o superior.

Finalmente es importante destacar, que igual que se puede producir el alza del precio, si se dieran las condiciones contrarias, se podría producir una rebaja en el mismo, esto es, si un consumidor realiza ahora su reserva y es elevada por el precio actual del combustible y el precio baja dentro de seis meses que es cuando tiene previsto realizar el viaje, se debería revisar a la baja y devolverle dinero. No obstante, lamentablemente, vemos que esto no es práctica habitual en el proceder de las compañías implicadas.

CECU

Julio 2022

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