- La propuesta de reforma del Reglamento sobre los derechos de los pasajeros aéreos aprobada este jueves por el Consejo de la UE permite el cobro por el equipaje de mano o ampliar las horas de retraso por las que las y los pasajeros pueden solicitar la indemnización
Este jueves el Consejo de la UE ha aprobado, con los votos en contra de España, Alemania, Portugal y Eslovenia, la propuesta de modificación del Reglamento 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros aéreos. La iniciativa ahora tendrá que negociarse en el Parlamento Europeo y, de ser aprobada, supondrá un gran retroceso en los derechos ya consolidados, tanto por el propio Reglamento que se pretende reformar, como por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Principales retrocesos que plantea la reforma
La Federación de Consumidores y Usuarios CECU señala que, de ser aprobada la propuesta, se ampliarían las horas de retraso necesarias para poder percibir una indemnización, dando un amplio margen a las aerolíneas para cumplir con uno de los aspectos más importantes de sus obligaciones contractuales: respetar lo horarios previstos.
Las propuestas del Consejo para tener derecho a una compensación serían las siguientes:
- Retraso de 3 horas en los casos de “vuelos cortos”, nueva figura que introduce la propuesta, aquellos en los que la diferencia en la hora de salida y de regreso, bajo un único contrato, no transcurran más de 24 horas.
- Retraso de 4 horas para los vuelos de 3.500 kilómetros o menos y los vuelos dentro de la UE que no entren en la definición de “vuelos cortos”.
- Retraso de 6 horas para los vuelos superiores a 3.500 kilómetros.
Esto supone un grave perjuicio respecto de la situación actual en la que el TJUE resolvió en 2009 que los pasajeros tienen derecho a reclamar una compensación en caso de un retraso igual o superior a 3 horas: «Procede declarar que los pasajeros de los vuelos retrasados pueden invocar el derecho a compensación previsto en el artículo 7 del Reglamento no 261/2004 cuando soportan, en relación con el vuelo, una pérdida de tiempo igual o superior a tres horas, es decir, cuando llegan al destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por el transportista aéreo”.
Por si no fuera suficiente, las compensaciones también se reducen. Actualmente, en caso de retraso superior a tres horas serían:
- 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros.
- 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
- 600 euros para todos los vuelos no comprendidos en los puntos anteriores.
Si la propuesta prosperase, estas compensaciones pasarían a ser de:
- 250 euros para los «vuelos cortos» anteriormente mencionados.
- 300 euros para los vuelos inferiores a 3.500 km y los vuelos intracomunitarios.
- 500 euros para todos los vuelos no comprendidos en los puntos anteriores.
El Consejo también abre la puerta a que las aerolíneas puedan cobrar por el equipaje de mano, incluso sin ser facturado, enmendando así la sentencia del TJUE que estableció que el equipaje de mano es un elemento indispensable del transporte y, por consiguiente, su transporte no puede ser objeto de un suplemento de precio, siempre y cuando dicho equipaje responda a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables.
César Díaz, abogado de CECU: “El Consejo debe dejar de escuchar únicamente al lobby de las aerolíneas y tener en cuenta a las y los pasajeros y a las organizaciones que los representan. Nos encontramos con la sorpresa de que, desde el Consejo, lejos de reforzar los derechos de las personas consumidoras, como venimos pidiendo las organizaciones, se quieren reducir aún más estos derechos dando un amplio margen a las aerolíneas en el cumplimiento de sus obligaciones.”
“Las compensaciones por retrasos y el cobro del equipaje de mano son dos de los problemas a los que se enfrentan las personas consumidoras habitualmente, por lo que, aunque haya mejoras en otros aspectos, la propuesta favorece a las aerolíneas en lugar de proteger a las y los consumidores”, explica Díaz.
CECU echa en falta que no se hayan previsto medidas que garanticen el cumplimiento de los derechos de las y los pasajeros, ya que actualmente cada reclamación supone un largo y tedioso procedimiento del que muchos consumidores desisten, lo que supone una vulneración de sus derechos.